La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso presentado por la fiscalía y dejó firme el sobreseimiento del empresario Lázaro Báez en una causa por la retención indebida de aportes al sistema de seguridad social, vinculada con las empresas de su grupo económico investigadas en los expedientes Vialidad, Los Sauces y Hotesur.
Aplicación de la «excusa absolutoria»
El caso se remonta al 12 de marzo de 2020, cuando el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N°1 sobreseyó a Báez en base al artículo 16 de la Ley 24.769. Esta norma establece que si el contribuyente cancela en forma espontánea, total e incondicional la deuda tributaria evadida, se extingue la acción penal.
La medida benefició a Báez por omisiones en el depósito de aportes previsionales retenidos en empresas de su holding, entre ellas Valle Mitre S.A., Austral Agro S.A., Loscalzo y Del Curto S.R.L., Sucesión Adelmo Biancalani y Kank y Costilla S.A.
El sobreseimiento fue apelado por la AFIP, y posteriormente confirmado de manera parcial por la Sala “A” de la Cámara en lo Penal Económico en mayo de 2021, al considerar que los pagos fueron realizados de forma espontánea, sin mediar intimación de la AFIP.
A pesar de la insistencia del fiscal ante Casación, la Cámara Federal también desestimó el recurso. Finalmente, la causa llegó a la Corte, que ahora dejó firme el fallo.
Otras causas de Báez
En paralelo, Báez ya fue condenado junto a la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa por direccionamiento de obra pública, mientras que aún no se ha iniciado el segundo juicio relacionado con los alquileres de propiedades de la familia Kirchner a empresas vinculadas al empresario. Báez está detenido por «lavado de activos» en una unidad carcelaria.-
Noticias Argentinas.-



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