Denuncian por abandono de persona seguido de muerte a los senadores que rechazaron el aborto legal.
El artículo 106 del Código Penal sostiene que “el que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado, será reprimido con prisión de 2 a 6 años”. En caso de que se configure el delito seguido de muerte, la pena se eleva de 5 a 15 años de prisión.
Tras el rechazo a la Ley de Interrupción Voluntaria de Embarazo, en la madrugada del 9 de agosto en el Senado, por 38 votos en contra, 31 a favor, y dos abstenciones, al menos dos mujeres murieron por abortos clandestinos en la provincia de Buenos Aires, Elizabeth, en un hospital de Pacheco y Romina Fernández, en uno de Pilar.
Elizabeth tenía 34 años. Ingresó a la guardia del hospital Belgrano, en San Martín, donde le practicaron una histerectomía de urgencia. Había usado un tallo de perejil para abortar. La trasladaron a otro hospital, de Pacheco, donde estuvo en terapia intensiva y no pudieron salvarle la vida. Se conoció su muerte el 14 de agosto.
A Romina Fernández la enterraron un día antes, el lunes 13, en Pilar. Romina había llegado con un aborto incompleto al hospital Sanguinetti, el mismo 8 de agosto en que se debatía el aborto en el Senado y falleció el sábado 11. Fue la segunda muerte que se conoció en los cinco días siguientes al rechazo al proyecto de ley que había conseguido media sanción en la Cámara Baja. Gentileza de MinutoUno
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