29 de abril de 2026

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Recordamos que por Ley está prohibido desde ayer la realización de todo acto de gobierno nacional, provincial o municipal

Según lo dispuesto por el artículo 64 del Código Electoral Nacional, a partir de ayer miércoles 19 comenzó a regir la prohibición de actos y anuncios públicos de gestión que puedan promover la captación del sufragio.

«Queda prohibido durante los veinticinco (25) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo», reza la norma.

«En general, la realización de todo acto de gobierno (nacional, provincial y municipal) que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten», agrega.

También venció el plazo para que los Jefes de las Fuerzas de Seguridad comuniquen a los Jueces Electorales la nómina de agentes afectados a los comicios.

La semana que viene, el 24 de julio, vencerá el plazo para que los electores requieran la subsanación de errores u omisiones en el Padrón Electoral (sólo enmiendas de erratas u omisiones).

A su vez, el próximo sábado 24, la Dirección Nacional Electoral publicará lugares, mesas de votación y sus autoridades.

Diez días antes de las primarias, el 3 de agosto, se procederá con la destrucción de documentos cívicos de ciudadanos fallecidos y a partir del 5 se prohibirá la publicación de resultados de encuestas o pronósticos electorales.

A partir del viernes 11 iniciará la veda electoral, que incluye la prohibición de actos públicos, proselitismo y publicación y difusión de encuestas. Y el 13, finalmente, se celebrarán las PASO.

Gentileza de Revista La Tecla.-