Recordarnos:
Las habilitaciones tienen carácter provisorio y restrictivo hasta el día 7 de junio o antes si se confirmara la circulación comunitaria de COVID-19. En todos los casos el incumplimiento de las mismas significará la clausura del comercio o servicio, o bien de la actividad o rubro si se comprobara un incumplimiento generalizado.
La autorización opera exclusivamente para habitantes del distrito de Roque Pérez, sea por tener domicilio en alguna de las localidades del partido o su zona rural, como para los residentes estables, que tengan licencia para la práctica.
Por disposición municipal será de lunes a lunes de 10:00 hs. a 17:00 hs. Se deberá llegar al lugar donde se realizará la actividad en forma individual o hasta un máximo de 2 personas por vehículo con excepción de familia conviviente. Los menores de 18 años deberán estar acompañado por un mayor responsable familiar conviviente.
Se dispondrá un distanciamiento mínimo de 3 metros entre personas en pesca de costa y 2 metros en embarcación. Quedan habilitados todos los ríos y lagunas de acceso público.
ESTÁ TOTALMENTE PROHIBIDA la pesca y bajada de embarcaciones en puentes (límites geográficos naturales), espejo de agua linderos de Ruta Nacional Nº 205, Ruta Provincial Nº 30, puente de hierro de Carlos Beguerie y zona de dragado.
Será obligatorio el uso de tapabocas. No se compartirá ninguna bebida o comida antes, durante o luego de la actividad. Se recomienda llevar elementos de higiene y sanidad, tales como jabón, toallas, alcohol en gel o alcohol diluido en agua.
Será obligatorio realizar la actividad en posesión del permiso de pesca provincial (https://www.maa.gba.gov.ar/sistemas/pesca/licencias/licencias00.php), más DNI. PARA OBTENER LA LICENCIA COMUNICARSE CON:



Más historias
La oposición también exige que Adorni deje su cargo en el directorio de YPF tras su renuncia al Gobierno. Cobra 15 mil dólares por mes
Once personas murieron tras la caída de una avioneta con paracaidistas
F1: Colapinto finalizó 15° en el GP de Austria