Los productos de la canasta básica alimentaria se podrán comprar sin el impuesto en almacenes, kioscos, autoservicios y otros puntos de venta.
A través del Decreto 603/2019, el Gobierno incorporó la eliminación temporaria del IVA en alimentos básicos a los monotributistas y autónomos para la categoría micro empresas y así extendió la medida a kioscos y minimercados.
También beneficia a los kioscos, polirrubros y comercios no especializados; comercios sin predominio de productos alimenticios y bebidas. Además, a aquellos que venden al por menor de productos lácteos.
Por último, entran las dietéticas, la comercialización al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja, así como frutas, legumbres y hortalizas frescas.
Tampoco incorporara a sus productos quienes se dedican a vender pan, alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados. M1.-




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