Se aprobó en la Cámara de Diputados el proyecto de ley que tiene por objetivo brindar mayor igualdad de oportunidades e inclusión a las personas no videntes, a través del establecimiento del sistema braille en los medicamentos.
Se trata de una modificación del artículo 10 de la Ley 11.405 que especifica que los envases deberán consignar en lenguaje Braille: el nombre del producto, nombre genérico del producto y fecha de vencimiento.
Además estipula una serie de normas que los laboratorios deben cumplir en los envases de trámites: “Nombre genérico del principio activo, concentración, forma farmacéutica, condiciones de almacenamiento, contenido por unidad de venta, la leyenda ‘Industria Argentina’, la condición de venta sin receta, bajo receta, bajo receta archivada y bajo decreto según corresponda, fórmula cualicuantitativa, posología, fecha de vencimiento”.
Por último, los envases deberán incluir la leyenda “no se automedique», terminado el tratamiento destruya el envase”, el número de certificado y el precio de venta al público.
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