5 de mayo de 2026

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EN EL HCD EL GOBIERNO MUNICIPAL PRESENTÓ EL PROYECTO DE AUMENTO SALARIAL PARA LOS MUNICIPALES

PROYECTO DE ORDENANZA.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A.

ARTICULO 1°.- Otorgase un incremento salarial del cuarenta por ciento (40%) a todo el personal dependiente de la Municipalidad de Roque Pérez (planta permanente – planta temporaria):
a) A partir del 1º de abril de 2019 el veinte por ciento (20%) sobre el sueldo básico existente al 31 de marzo del año 2019.
b) A partir del 1º de agosto de 2019 el diez por ciento (10%) sobre el sueldo básico existente al 31 de marzo de año 2019.
c) A partir del 1º de noviembre de 2019 el diez por ciento (10%) sobre el sueldo básico existente al 31 de marzo de año 2019.
ARTICULO 2º.- Otorgase una bonificación especial destinada a la provisión de indumentaria y gastos de traslado sin obligación de rendición de cuentas, no remunerativa, a todo el personal dependiente de la Municipalidad de Roque Pérez (planta permanente – planta temporaria), según lo siguiente:
a) Para todo el personal de categoría 1 a categoría 9 con cargas horarias de 30, 35, 36, 40 y 48 horas además del incremento dispuesto en el artículo 1º la suma de mil cien pesos ($1100,00).
b) Para todo el personal que revista en la categoría 10 con cargas horarias de 30, 35, 36, 40 y 48 horas además del incremento dispuesto en el artículo 1º la suma de mil pesos ($1000,00).
c) Para todo el personal que revista en la categoría 11 con cargas horarias de 30, 35, 36, 40 y 48 horas además del incremento dispuesto en el artículo 1º la suma de novecientos pesos ($900,00).
d) Para todo el personal que revista en la categoría 12 con cargas horarias de 30, 35, 36, 40 y 48 horas además del incremento dispuesto en el artículo 1º la suma de cuatrocientos pesos ($400,00).
e) Para todo el personal que revista en la categoría 13 en cargas horarias de 30, 35, 36, 40 y 48 horas además del incremento dispuesto en el artículo 1º la suma de doscientos cuarenta pesos ($240,00).
Para el personal que cobre asignación por mérito o por responsabilidad de cargo, las sumas indicadas en los incisos precedentes serán consideradas dentro del monto de la bonificación percibida.-

ARTICULO 3°.- Establécese el valor del módulo para la aplicación del artículo primero inciso a) en la suma de pesos ocho mil quinientos noventa y siete ($8.597); para la aplicación del artículo primero inciso b) en la suma de pesos nueve mil trescientos trece ($9.313).; y para la aplicación del artículo primero inciso c) en la suma de pesos diez mil treinta ($10.030).-

ARTICULO 4°.- Otorgase a partir del 1º de abril de 2019 un incremento en el concepto “presentismo” de quinientos pesos ($500,00), el que quedará fijado en la suma total de mil quinientos cincuenta pesos ($1.500,00),.-

ARTICULO 5°.- Los beneficios establecidos por los artículos precedentes, no serán aplicables al personal profesional de la Carrera Profesional Hospitalaria, Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, quienes recibirán las remuneraciones correspondientes a la aplicación de la disposición legal respectiva.-

ARTICULO 6º.- Apruébanse las grillas actualizadas del personal municipal con las modificaciones de los artículos 1º, 2º y 3º, las que forman parte integrante de la presente ordenanza.-

ARTICULO 7º.- Derógase toda norma que se oponga a la presente ordenanza.-

ARTICULO 8º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar las partidas presupuestarias pertinentes, tomando crédito necesario de la partida presupuestaria: Jurisdicción 1110102333, Partida 1.1.5.0 Otros gastos en personal.-

ARTICULO 9°.- De forma.-

FUNDAMENTOS:

H. Cuerpo Deliberativo:

Siendo consecuentes con la decisión tomada desde hace años, de aumentar los ingresos, en el presente mes de abril, elevamos para la consideración de ese Honorable Concejo Deliberante la propuesta salarial aplicable durante el próximo año, recordando que el aumento de salarios es parte de una política integral llevada a cabo con relación a los trabajadores municipales.

Desde que nos hicimos cargo de la administración municipal, hemos tenido una política de permanente reivindicación de nuestros compañeros trabajadores, estando en un cotidiano contacto con las organizaciones gremiales, que merced a la apertura y amplitud conque concebimos esa representación gremial, hoy los municipales de Roque Pérez gozan de la libertad de elegir entre distintas organizaciones sindicales para que represente sus intereses individuales y colectivos, sin que la autoridad política municipal interfiera en esa decisión en ningún grado e integrándolas a todas ellas en la mesa paritaria que se desarrolla en el marco de la ley 14.556 y en nuestro Convenio Colectivo.

Como en años anteriores, en la Ordenanza de Presupuesto se han generado nuevas vacantes para el pase a planta permanente de aquellos trabajadores que revistaban desde hace años en planta temporaria, habiéndose tomado esta decisión ajustándonos rigurosamente a la antigüedad de cada uno de ellos.

Reconociendo y valorando uno de los trabajos más duros y difíciles que se realizan dentro de nuestra actividad municipal, que solo puede llevarse a cabo con compromiso, sensibilidad y amor como es el de las compañeras y compañeros que cotidianamente se desempeñan en nuestro Hogar de Adultos Mayores, se ha establecido una bonificación especial para ellos.

Se ha tomado también desde principios de enero una decisión histórica, que genera una erogación muy significativa, pero que satisface un largo reclamo de los trabajadores, como es el aumentar la antigüedad al 1,5% por año y reconocerlo retroactivamente al momento del ingreso a planta permanente de cada municipal. Este nuevo porcentaje de antigüedad se tradujo en un aumento salarial de hasta el 12% para los trabajadores comprendidos.

Resultando muy difícil sostener una política que no afecte el salario real de los trabajadores, estando inmersos en un proceso económico recesivo e inflacionario que se agrava permanentemente, la Municipalidad estableció para los 3 últimos meses del año 2018 y para los 3 primeros del presente 2019 una bonificación fija de $ 1.500, que significo para las categorías más bajas del escalafón un 16% de aumento y que amortiguó en parte, la depredación de la desvalorización de la moneda sobre los salarios.

Estando al momento de elevar este proyecto de ordenanza, parados sobre una ciénaga, donde no se tienen ningún tipo de certezas sobre la política económica, resulta muy difícil establecer pautas serias de ingresos de recursos y cálculo de erogaciones necesarios para garantizar los servicios que brinda el municipio, sin embargo estamos obligados a tomar una decisión con relación a las remuneraciones de nuestros trabajadores, intentando como dijimos sostener en lo posible su salario real.

En estas circunstancias hemos definido un aumento del 40%, sobre el salario básico, que se otorgará en tres tramos, el primero de un 20% para ser percibido en el corriente mes de abril; el segundo de un 10% con los haberes del mes de agosto y el restante 10% con los haberes de noviembre próximo.

A su vez, considerando que debe resguardarse en lo posible el poder adquisitivo de las categorías más bajas del escalafón, se ha mantenido la bonificación especial no remunerativa, destinada a provisión de indumentaria y gastos de traslado sin obligación de rendir cuentas, que se fija en $ 1.100, significando un incremento del 60%.

En el mismo sentido, se ha incrementado el premio al presentismo que se establece en $ 1.500, permaneciendo en $ 500 el presentismo especial, lo cual significa un incremento del 33%, en el premio que sólo se pierde por situaciones especialísimas.

Como no escapa al conocimiento de los Sres. Concejales, afrontar este incremento de salarios, significa un enorme esfuerzo para las arcas municipales, dado que no podemos aumentar la presión tributaria, y los ingresos de la coparticipación resultan hoy inciertos como expresáramos más arriba.

Vale aquí un reconocimiento a las entidades sindicales, que se han avenido a convalidar la decisión de la Municipalidad, sabiendo que lo ofrecido es el máximo posible, con el compromiso de que en caso de que se desmadre y espiralice la inflación, ambas partes se comprometen a retomar las negociaciones sobre ingresos. Al sólo efecto de ilustrar a los miembros de ese Honorable Cuerpo se acompaña copia del Acta Paritaria celebrada con la totalidad de los gremios.

En la seguridad que el aumento propuesto es el mejor posible que se puede ofrecer a los trabajadores, se solicita a V.H. la aprobación de este proyecto de Ordenanza.-