Desde mayo de este año, se puso en vigencia el sistema de «scoring» o quita de puntos a los titulares de licencias de conducir que cometan infracciones. Y esto es porque a veces, teniendo dinero se paga la multa y listo. ¿Cuántas veces vemos autos de alta gama por las rutas a excesos de velocidad?
¿Qué es el scoring?
Es el Sistema Unificado de Puntaje para las Licencias de Conducir establecido en 2011 por el Decreto 437/11, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito 24449, y consiste en la asignación de un puntaje a cada conductor y el descuento de puntos como consecuencia de las infracciones cometidas.
¿Cuántos puntos tiene cada conductor?
Se otorgan inicialmente 20 puntos a cada conductor que posea Licencia Nacional de Conducir, que se irán perdiendo en función de las resoluciones firmes emitidas por las autoridades judiciales o administrativas que juzguen infracciones de tránsito.
¿Qué pasa si un conductor llega a 0 puntos?
Cuando se pierdan por primera vez los 20 puntos, la licencia quedará inhabilitada por 60 días. La segunda vez que se pierdan todos los puntos, el plazo aumentará a 120 días y la tercera a 180 días. Luego, el plazo de inhabilitación se irá duplicando, sucesivamente.
Para recuperar sus puntos, y restablecer su licencia, el conductor deberá esperar a la finalización del lapso de inhabilitación y realizar un curso virtual con instancia evaluativa. El curso estará orientado a la concientización con el objetivo de modificar las actitudes riesgosas para la convivencia saludable en el espacio público entendiéndolo como una instancia de reeducación que apele a la comprensión de los posibles resultados dañosos, tanto a las cosas como a las personas.
¿Qué pasa si un conductor pierde solo algunos puntos?
Con la pérdida parcial de los puntos, el conductor tendrá la posibilidad de realizar un curso virtual para recuperar 4 y evitar llegar a 0 puntos con su correspondiente inhabilitación. Los conductores particulares, podrán acceder a este beneficio cada 2 años, y los profesionales podrán hacerlo anualmente. Asimismo, en este caso de pérdida parcial, si transcurrieran dos años sin infracciones de ningún tipo, luego de la última infracción que restó puntaje, se reestablecerán 20 puntos automáticamente.
Ingresando a este sitio, uno puede consultar sus propios puntos, solo con el DNI: https://puntos.seguridadvial.gob.ar/scoring
Debajo encontrarán el link del Boletín Oficial del día 06/05/2022, correspondiente a: «LEY DE TRÁNSITO
Decreto 242/2022. DCTO-2022-242-APN-PTE – Decreto N° 779/1995 y Decreto N° 437/2011. Modificación».
El Decreto dice lo siguiente:
«EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el ANEXO 2 del Decreto N° 779 del 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios por el IF-2022-38254328-APN-MTR, que como ANEXO I forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 437 del 11 de abril de 2011 por el siguiente:
“ARTÍCULO 3°.- En el caso del artículo 18 del ANEXO 2 del Decreto N° 779 del 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios, la deducción de puntos en la Licencia Nacional de Conducir se aplicará cuando el conductor o la conductora profesional del vehículo fuere asimismo el o la titular registral del dominio”.
ARTÍCULO 3°.- Incorpórase como artículo 2° bis al Decreto N° 437/11 el siguiente:
“ARTÍCULO 2° bis.- Apruébanse, como ANEXO III del presente, los “CONTENIDOS MÍNIMOS DE CURSOS PARA RECUPERO PARCIAL Y TOTAL DE PUNTOS”, obrantes en el IF-2022-38253752-APN-MTR”.
ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Gobiernos Provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipales a adherir a los términos de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de los SESENTA (60) días desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ – Juan Luis Manzur – Alexis Raúl Guerrera
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/05/2022 N° 31250/22 v. 06/05/2022
Fecha de publicación 06/05/2022″.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/261911/20220506
Quita de puntos:
Por ejemplo, por no usar los cinturones de seguridad, se restan 4 puntos.
Por conducir utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor (teléfonos móviles incluidos), se restan 5 puntos.
Por circular a contramano, sobre los separadores de tránsito o fuera de la calzada, salvo sobre la banquina en caso de emergencia, se restan 10 puntos.
Hay varias infracciones y de todo tipo, para comprobarlas solo ingrese a la página oficial (https://www.argentina.gob.ar/seguridadvial/mi-scoring/esquema-de-puntos), pero recuerde que está vigente y que por supuesto, además de la quita de puntos, seguramente también se le labrará la correspondiente infracción, ya que son cosas diferentes.-



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