10 de mayo de 2026

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EL FRENTE RENOVADOR DE ROQUE PÉREZ PRESENTÓ PROYECTO SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO

El bloque de concejales del Frente Renovador de Roque Pérez, conformado por Maximiliano Sciaini y Aurelio Castellani, presentaron el siguiente Proyecto de Ordenanza:

VISTO:

 

La necesidad de declarar en el partido de Roque Pérez, de Interés Público en materia social la violencia de género, en consonancia con lo dispuesto por la Ley Nacional N° 26.485 y la Ley Provincial N° 14.407;

 

 

CONSIDERANDO

 

 

Que se entiende a la violencia por motivos de género y diversidad, toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes;

 

Que en materia legislativa en nuestro país se han creado Leyes de protección y promoción de derechos que garanticen la igualdad de Género y Diversidad;

 

Que la  Ley de protección integral a las mujeres, Ley 26.485, sancionada: el 11 de marzo de 2009,  contempla la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales;

 

Que esta ley garantiza todos los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Que durante los meses transcurridos del año 2017, el número de femicidios ocurridos en nuestro país se ha incrementado notoriamente, Argentina registra más de un femicidio por día;

 

Que, a los ataques contra mujeres, ahora se suman las agresiones a integrantes de su entorno familiar, social y afectivo (en su mayoría también mujeres, hijas, madres, hermanas, amigas)

 

Que se reconoce en carácter imperioso  llevar adelante proyectos de políticas públicas destinadas a prevenir y erradicar la violencia  y todo tipo de discriminación de género  en el Partido de Roque Pérez;

 

Por todo ello

EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE RENOVADOR presenta a consideración del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE el siguiente

PROYECTO DE O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.- Declárase en el Partido de Roque Pérez, de Interés Público en materia social la violencia de género, en consonancia con lo dispuesto por la Ley Nacional n° 26.485 y la Ley Provincial n° 14.407; delegando al Departamento Ejecutivo local las facultades comprendidas en la presente ordenanza, por el período de dos (2) años, con arreglo a las bases que se especifican seguidamente, las que tienen por objetivo primordial revertir el número de víctimas por violencia de género en el Partido de Roque Pérez.

ARTÍCULO 2º.- De acuerdo a la presente Declaración, el D. Ejecutivo tendrá las siguientes facultades:

  1. Articular con los diferentes niveles del Estado, la implementación de la Ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”.
  2. Poner en funcionamiento en el ámbito municipal el Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, según lo establecido en el artículo 9° de la Ley 26.485.
  3. Conformar unidades especializadas y dotar de recursos necesarios a las entidades o instancias existentes, que brinden los servicios indispensables para proporcionar a las mujeres víctimas de violencia de género, atención gratuita en las áreas psicológicas, sanitarias, sociales, laborales y jurídicas.
  4. Establecer una red de contención social y sanitaria entre los diferentes niveles del Estado y Organizaciones No Gubernamentales especializadas en violencia de género.
  5. Implementar Programas de acompañantes comunitarios para el sostenimiento de la estrategia de autovalimiento de la mujer.
  6. Crear e implementar “Casas Refugios” o “Hogar Transitorio” como instancias de tránsito para la atención y albergue de mujeres víctimas de violencia de género, en aquellos casos en que la permanencia en su domicilio implique una amenaza a su integridad física, psicológica y/o sexual.
  7. Otorgar a las mujeres que se encuentren en situación de emergencia social por violencia de género, una asignación económica mensual equivalente a un salario mínimo vital y móvil por un período de seis meses a los fines de permitirles re-insertarse laboralmente y encontrar un nuevo hogar según cada caso lo requiera. Este recurso económico podrá renovarse en caso de ser necesario con la supervisión y aprobación de los cuerpos técnicos municipales del área correspondiente.
  8. Brindar acceso gratuito, rápido, transparente y eficaz en los servicios sanitarios, legales y socio-laborales que asisten a las mujeres víctimas de violencia de género.
  9. En todos los casos y aún en los registros que las autoridades públicas puedan implementar, se deberá preservar y resguardar la identidad de la vícitima, a fin de evitar con ello una exposición al flagelo social.
  10. Promover una campaña de difusión centrada en clarificar a la población los distintos tipos de violencia y lugares de atención a víctimas.

ARTÍCULO 3° – Facúltase al D.E a disponer y reasignar las partidas presupuestarias necesarias para afrontar la emergencia que se declara por la presente, las que tendrán como finalidad la prevención y tratamiento de la violencia contra las mujeres.

ARTÍCULO 4° – El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas competentes, adoptará y las medidas necesarias para afrontar la difusión que se declara por la presente, las que tendrán como finalidad la prevención y tratamiento de la violencia contra las mujeres.

ARTÍCULO 5° – El Departamento Ejecutivo deberá coordinar y establecer acciones a mediano y largo plazo con la Mesa local de Violencia de Género a los fines de establecer una política integral de tratamiento y gestión frente a la problemática.

-Foto de archivo-