27 de abril de 2026

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¿Desde qué edad pueden viajar los niños como acompañantes en moto y con qué cuidados?

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La Agencia Nacional de Seguridad Vial aconseja que los acompañantes sean siempre mayores de 12 años, argumentando que trasladar niños en vehículos de dos ruedas implica un riesgo considerable para su salud, ya que los niños tienen más posibilidades de sufrir consecuencias graves que los adultos, debido a que sus cerebros y cráneos no han alcanzado la madurez completa. Según un Dossier de Investigación en Seguridad Vial sobre la movilidad segura de niños y niñas en el espacio público (2021), a los 4 años, la cabeza de un niño es el 90% del tamaño de la de un adulto, y a los 12 años es el 95%. No es hasta los 20 años que las placas óseas del cráneo están completamente cerradas.

Es importante señalar que en algunas ciudades, como en la Ciudad de Buenos Aires, está prohibido llevar acompañantes menores de 16 años en motos. Mientras tanto, el límite en Paraná y Entre Ríos es de 8 años, en Córdoba 10 y en Rosario 6 años.

Por lo tanto, si se debe trasladar a un menor en moto, es fundamental cumplir con las siguientes condiciones:

  • – El conductor debe ser mayor de edad y poseer una licencia de conducir válida.
    – El menor debe tener al menos 12 años.
    – Al igual que el conductor, el menor debe usar un casco homologado y apropiado para el tamaño de su cabeza.
    – Como cualquier acompañante, el niño debe ir siempre sentado en el asiento trasero, con los pies apoyados en los estribos.
    – En caso de incumplimiento de alguna de estas condiciones, el conductor puede ser multado y su vehículo secuestrado.
  • Además de cumplir con las condiciones legales, es esencial considerar las siguientes recomendaciones para transportar a menores en moto:
  • – Asegurarse de que el menor esté cómodo y seguro, verificando que tenga el tamaño adecuado para el casco y pueda sentarse cómodamente en el asiento trasero.
  • – Dada la menor capacidad de los niños para sujetarse, el conductor debe ajustar la velocidad de acuerdo a ello.
  • – El conductor debe conducir con prudencia y estar atento a los demás vehículos.
  • – Prestar especial atención a las condiciones de la calle.
  • Fuente: https://www.iprofesional.com/legales/393530-desde-que-edad-pueden-viajar-los-ninos-como-acompanantes-en-moto

N de la R: Además la Ley Nacional de Tránsito establece que TODAS LAS MOTOS DEBEN TENER COLOCADOS SUS DOS ESPEJOS REGLAMENTARIOS, y estar en condiciones de circular con la VTV al día, además de la chapa patente colocada bajo la luz trasera. Los espejos reglamentarios ambos, es porque se determinó que las milésimas de segundos que se pierden en girar la cabeza para mirar atrás, pueden llegar a ocasionar un accidente. No es por estética, no capricho, sino por seguridad. Lo mismo que circular con el casco colocado y abrochado, y que sea un buen casco es fundamental para salvar nuestras vidas.-

Foto de archivo de www.rpereznet.com.ar