16 de mayo de 2026

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Buenas noticias: AFIP perdona algunas deudas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la condonación de deudas prevista en la Ley de alivio fiscal. Los contribuyentes podrán solicitar este beneficio para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.

El perdón fiscal incluye los intereses resarcitorios, punitorios, multas y sanciones.

La condonación de deudas forma parte de las medidas que dispuso el Gobierno para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación económica. La ley de alivio fiscal incluye además la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes.

Asimismo incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.

¿Quiénes pueden solicitar el beneficio?
Entidades y organizaciones sin fines de lucro
Clubes de barrio
Cooperativas de trabajo y escolares
Bibliotecas populares
Organizaciones comunitarias.

También abarca deudas por hasta $100.000 de:
Monotributistas y otros pequeños contribuyentes
Micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME

Nota gentileza de MinutoUno.-