15/09/2026

ARCA: el trámite que tenés que hacer para sumar los años de aportes que te faltan para jubilarte

Un formato que permite a trabajadores que están próximos a alcanzar la edad jubilatoria regularizar períodos. ¿Quiénes pueden acceder, qué requisitos deben cumplir y cuál es el paso a paso para iniciarlo?

La ANSES mantiene en vigencia el Plan de Pago de Deuda Previsional, pensado para trabajadores que todavía no llegaron a la edad jubilatoria pero que, al revisar sus aportes, advierten que podrían no alcanzar los 30 años de servicios necesarios para jubilarse.

Esto apunta específicamente a mujeres de entre 50 y 59 años y hombres de entre 55 y 64 años. Quienes estén dentro de esas edades pueden anticiparse y regularizar períodos en los que no realizaron aportes, en lugar de esperar a llegar a la edad jubilatoria.

Según la información vigente publicada por ANSES, pueden acceder al Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores en actividad las mujeres de 50 a 59 años y los varones de 55 a 64 años que estimen que, cuando lleguen a la edad jubilatoria, no van a completar los 30 años de aportes. Se pueden regularizar períodos faltantes hasta marzo de 2012 inclusive y no hay evaluación socioeconómica para ingresar.

¿Qué pasos hay que seguir para iniciar la solicitud?

El trámite se puede hacer online. El paso a paso es:

  • Ingresar a Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  • Antes de pagar, revisar la Historia Laboral para saber exactamente qué períodos tienen aportes y cuáles están vacíos. Si hubo períodos efectivamente trabajados que no aparecen, ANSES recomienda solicitar primero un Reconocimiento de Servicios, en lugar de pagarlos mediante el plan.
  • Ir a Solicitud de Prestaciones → Plan de Pago de Deuda Previsional para trabajadores.
  • Elegir qué período o períodos faltantes se quieren regularizar. No es obligatorio cancelar toda la deuda de una sola vez: se pueden elegir períodos según las posibilidades económicas de cada persona.
  • El sistema genera un Volante Electrónico de Pago (VEP).
  • Se paga el VEP y, una vez procesado, ese período aparecerá como “pago acreditado”. Cada UCAP equivale a un mes de aporte.

Gentileza de MinutoUno.-