De acuerdo con la Anmat dispuso este medida «a fin de proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso de los productos involucrados, toda vez que se trata productos ilegítimos, no inscriptos ante esta Administración Nacional, para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia para los que no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable».
La entidad afirmó que estableció las prohibiciones “a fin de proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso del producto involucrado, toda vez que se trata de un producto cosmético ilegítimo, no inscripto ante la administración nacional, elaborado por una empresa carente de la habilitación pertinente y toda vez que no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad o formulación con ingredientes permitidos para su uso”.
Disposición 8780/2025:
Disposición 8789/2025:
Gentileza de MinutoUno.-





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