20 de abril de 2024

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Ordenan retiran del mercado lotes del yogur Sancor Yogs descremado

Ordenaron retirar lotes de yogur del mercado

El Intendente municipal de Roque Pérez Juan Carlos Gasparini, a través de la Dirección de Bromatología municipal a cargo de Iván Cruz Racero, informa que desde la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) se ha ordenado el retiro voluntario del mercado de más de 30 lotes de yogures Sancor Yogs.
A través de un comunicado, el organismo informó hoy jueves que la empresa Alimentos Refrigerados S.A. comenzó el retiro voluntario de los yogures endulzados parcialmente, descremados y libre de gluten, identificados con los lotes 1903, 2003, 2103, 2203 y 2303, sabor vainilla, frutilla, mango, melón y sandía.
La decisión también alcanza al yogur dietético endulzado descremado, identificado con los lotes 2003, 2203 y 2303.
La medida fue adoptada luego de que la empresa detectara variaciones en propiedades debido a una falla en el proceso de elaboración y el vencimiento que data del 23 de abril de 2018.
El comunicado está en el Boletín Oficial y dice lo siguiente:

LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA PRODUCTOS ALIMENTICIOS:
Disposición 4091/2018 Prohibición de comercialización:
Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2018 VISTO el expediente N° 1-47-2110-3406-18-2 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos Y Tecnología Médica; y CONSIDERANDO:Que las presentes actuaciones se originan a raíz de una notificación de la Oficina de Alimentos de la provincia de Buenos Aires, efectuada mediante correo electrónico a este Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y luego a través del SIVA 1028, informando que la empresa Alimentos Refrigerados S.A., RNE N° 02-030.201, realizó un retiro preventivo, debido a que detectó variaciones en las características organolépticas de los siguientes productos:“Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor frutilla, con zinc, fortificado con vitaminas A y D- libre de gluten”marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-060273, lotes 1903, 2003, 2103, 2203 y 2303; “Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor vainilla, con zinc, fortificado con vitaminas A y D- libre de gluten”marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-060308, lotes 1903, 2003, 2103, 2203 y 2303; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor frutilla, de valor calórico reducido, con zinc, fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico- libre de gluten” marca“SanCor Yogs” RNPA N° 04-060262, lotes 2003, 2203 y 2303; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor vainilla, de valor calórico reducido, con zinc, fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico- libre de gluten” marca“SanCor Yogs” RNPA N° 04-060298, lotes 2003, 2203 y 2303;“Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor durazno, con zinc, fortificado con vitaminas A y D- libre de gluten”marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-060283, lotes1903, 2003, 2103, 2203, 2303 y 2403; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor frutos del bosque, valor calórico reducido, con zinc, fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico – libre de gluten”marca “SanCor Yogs”,RNPA N° 04-060299,lotes 2003 y 2203;“Yogur dietético endulzado descremado, sabor frutilla y kiwi, de valor calórico reducido, con zinc, fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico- libre de gluten” marca “SanCor Yogs”RNPA N° 04-060297, lotes 2003 y 2203; “Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor mango y durazno, conzinc, fortificado con vitaminas A y D – libre de gluten” marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-062145, lotes 1903, 2103y 2303; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor melón, sandía y mango, de valor calórico reducido, con zinc,fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico- libre de gluten marca “SanCor Yogs”,RNPA Expte N° 733052161215,lotes 2003 y 2303; “Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor frutos del bosque, con zinc, fortificado con
vitaminas A y D- libre de gluten marca “SanCor Yogs”,RNPA N° 04-060281, lotes 1903, 2003, 2203 y 2403; y“Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor banana, con zinc, fortificado con vitaminas A y D – libre degluten marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-060263, lotes 1903 y 2303; cabe aclarar que los lotes afectados complementan su codificación con la letra A, ubicada junto a la hora de elaboración.Que los mencionados poseen fechas de vencimiento progresivas a partir del día 23 de abril de 2018.Que según informó la empresa, tal anomalía se produjo por una falla en una válvula de seguridad del sistema de lavado de un tanque fermentador de la planta elaboradora Arenaza, situada en Lincoln, provincia de Buenos Aires yque detectada la falla, se realizó la medida correctiva, solucionando el problema.Que con fecha 17 de abril, el Departamento Inspectoría del INAL efectuó en conjunto con la Oficina de Alimentos del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires una auditoría a fin de verificar las condiciones higiénico-sanitarias del establecimiento.Que la empresa ha iniciado el retiro voluntario de los productos citados, e indica que al día 18 de abril, el 100% de sus clientes confirmó la notificación del retiro, y que el avance de recuperación y decomisado es del 16,3%.Que el Departamento Vigilancia Alimentaria del INAL categoriza el retiro Clase II, mediante un comunicado del SIFeGA pone en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y Delegaciones del INAL y solicita que en caso de detectar la comercialización de ese producto, en sus jurisdicciones procedan de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.1del anexo del artículo 1415 del Código Alimentario Argentino (CAA)concordado con los artículos 2°, 9° y 11° de la Ley 18284, informando a este Instituto acerca de lo actuado.Que asimismo, a través de la página web de ANMAT, se comunica a la población el retiro voluntario del producto.Que atento a ello, el Departamento Legislación y Normatización del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del referido producto.Que el procedimiento propuesto encuadra en las funciones de fiscalización y control que le corresponde ejercer a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).Que el INAL y la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la ANMAT han tomado la intervención de su competencia.Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490 del 20 de agosto de 1992 y el Decreto N° 101 del 16 de diciembre de 2015.Por ello,EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los siguientes productos: “Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor frutilla, con zinc, fortificado con vitaminas A y D- libre de gluten” marca“SanCor Yogs”, RNPA N° 04-060273, lotes 1903, 2003, 2103, 2203 y 2303; “Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor vainilla, con zinc, fortificado con vitaminas A y D- libre de gluten” marca “SanCor Yogs”, RNPAN° 04-060308, lotes 1903, 2003, 2103, 2203 y 2303; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor frutilla, de valor calórico reducido, con zinc, fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico – libre de gluten” marca “SanCor Yogs”RNPA N° 04-060262, lotes 2003, 2203 y 2303; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor vainilla, de valor calórico reducido, con zinc, fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico – libre de gluten” marca “SanCor Yogs”RNPA N° 04-060298, lotes 2003, 2203 y 2303; “Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor durazno, con zinc, fortificado con vitaminas A y D – libre de gluten” marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-060283, lotes 1903, 2003,2103, 2203, 2303 y 2403; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor frutos del bosque, valor calórico reducido,con zinc, fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico – libre de gluten ”marca “SanCor Yogs”, RNPAN° 04-060299, lotes 2003 y 2203; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor frutilla y kiwi, de valor calórico reducido, con zinc, fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico – libre de gluten” marca “SanCor Yogs” RNPAN° 04-060297, lotes 2003 y 2203; “Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor mango y durazno, con zinc,fortificado con vitaminas A y D – libre de gluten ”marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-062145, lotes 1903, 2103 y2303; “Yogur dietético endulzado descremado, sabor melón, sandía y mango, de valor calórico reducido, con zinc,fortificado con vitaminas A, D, E y ácido fólico – libre de gluten marca “SanCor Yogs”, RNPA ExpteN° 733052161215, lotes 2003 y 2303;“Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor frutos del bosque, conzinc, fortificado con vitaminas A y D- libre de gluten marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-060281, lotes 1903, 2003,2203 y 2403; y “Yogur endulzado parcialmente descremado, sabor banana, con zinc, fortificado con vitaminas A yD- libre de gluten marca “SanCor Yogs”, RNPA N° 04-060263, lotes 1903 y 2303; (los lotes afectados complementan su codificación con la letra A, ubicada junto a la hora de elaboración); por las razones expuestas en el considerando.ARTÍCULO 2º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese alas autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL)y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria y al Instituto Nacional de Alimentos. Gírese alINAL. Cumplido, archívese. — Carlos Alberto Chiale.e. 03/05/2018 N° 29724/18 v. 03/05/2018.-